No sentir es no estar vivo.
La noticia es por todos conocida, "La Comunidad Toba, condenada al exterminio". Delito de lesa humanidad no prescribe.
Cuantas veces nos hemos hecho esta pregunta ¿podrán Dios y la Patria demandar a los gobernantes alguna vez?
Leyendo la noticia que sigue, recupero la esperanza y en mi memoria guardo esta imágen, su nombre Mabel Pino Fernández tenía 45 años y pesaba 29 kilos... y alguna vez votó en su Chaco natal, a cambio de una bolsa de comida, de un electrodoméstico a pesar de no tener luz eléctrica, a pesar de no tener agua potable, a pesar de no tener... ella los votaba igual, por ignorancia, o quizá por miedo. Faltó esta vez el voto de Mabel Pino Fernández, pero ellos, no parecen no advertirlo y siguen con el recuento, acta por acta, telegrama por telegrama, voto por voto...
LA CORTE ORDENO AL ESTADO ASISTIR A LOS ABORIGENES CHAQUEÑOS Por P/12 - Miércoles 19 de septiembre de 2007
“Está en juego el derecho a la vida” En un fallo inédito, la Corte Suprema de la Nación intimó al gobierno nacional y al de Chaco que brinden asistencia a las comunidades tobas. En las últimas semanas hubo once muertes por desnutrición. Para intervenir en el caso, el máximo tribunal consideró la “gravedad y urgencia” de la situación.
El Estado nacional y el gobierno chaqueño deberán proveer de alimentos y agua potable a las comunidades aborígenes de la provincia. Así lo resolvió en un inédito fallo la Corte Suprema de Justicia, luego de admitir una medida cautelar presentada por la Defensoría del Pueblo de la Nación para que se adoptaran las medidas necesarias que “detengan el exterminio” de los pueblos originarios en esa provincia. El organismo había realizado un relevamiento en el noroeste y el sudeste del territorio a través del cual constató “el nivel de abandono en el que vive la población”, víctima de enfermedades como el mal de Chagas y tuberculosis. En la sentencia, el máximo tribunal sostuvo que “está en juego el derecho a la vida y la integridad física de las personas”. Al aceptar la medida cautelar solicitada por el defensor, los jueces de la Corte ordenaron a los demandados –el gobierno nacional y el de Chaco– que garanticen el suministro de agua potable y alimentos a los aborígenes, además de medios de transporte y comunicación adecuados para cada una de las unidades sanitarias ubicadas en las diferentes regiones. “La Corte consideró la gravedad y urgencia de los hechos denunciados y destacó la necesidad de adoptar la medidas conducentes que tiendan a garantizar la eficacia de los derechos y evitar que éstos sean vulnerados”, sostuvo un comunicado del tribunal al dar a conocer el fallo. Además, la Corte resolvió convocar a una audiencia pública y requerir informes a la provincia de Chaco y al Estado nacional sobre la situación de los aborígenes. La decisión de los supremos sigue la línea establecida por el tribunal de ocuparse y hacer el seguimiento de casos donde existen derechos colectivos conculcados, como la situación en las cárceles o la contaminación del Riachuelo. Ahora, los magistrados resolvieron sobre la base de una presentación de Eduardo Mondino, el defensor del Pueblo, que hizo un relevamiento en los departamentos de General Güemes y Libertador General San Martín. Allí, en los últimos dos meses, once personas, en su mayoría ancianas, murieron por desnutrición. En equipo de la Defensoría detectó en el Paraje Colonia 10 de Mayo, en General Güemes, que todos los habitantes entrevistados manifestaron tener vinchucas en sus casas. También dijeron que en treinta años nunca recibieron fumigación. La única unidad sanitaria a disposición tiene una sola camilla, una única balanza y una heladera fuera de funcionamiento. Al momento de la visita de los especialistas del organismo, no contaba con medicación ni con vehículo para transportar enfermos. Otro de los lugares visitados fue el paraje El Colchón, del mismo departamento. Organizaciones sociales de la región denunciaron casos de desnutrición grave en el paraje. De acuerdo con el mismo relevamiento, las familias extraen agua de charcos donde también acceden los animales. Con similar situación de precariedad se convive –de acuerdo al informe presentado ante la Corte– en el paraje Campo Alemani, en el departamento de General San Martín, donde las familias no tienen letrina y el agua se saca de un pozo construido por una organización social. El relevamiento permitió al organismo corroborar “el estado de extrema gravedad de la población aborigen”. “No tienen alimentos ni agua potable. La situación empeora aún más por el alto nivel de enfermedades endémicas que afecta a los pobladores, como el Chagas, la tuberculosis, la desnutrición, broncopatías, parasitosis y sarna”, señala el informe. El organismo también detalla “las dificultades para obtener atención médica, ya que es imposible acceder a las unidades sanitarias y aun haciendo el esfuerzo para llegar al lugar, las unidades sanitarias no tienen medicamentos o son insuficientes”. El Instituto del Aborigen Chaqueño había advertido sobre la situación de las comunidades tobas. A través de una resolución, el organismo provincial declaró meses atrás el estado de emergencia sanitaria y alimentaria de los pueblos indígenas de la provincia. Con este mapa de situación, Mondino presentó a principios de este mes una demanda para que se termine la “situación de exterminio silencioso, progresivo, sistemático e inexorable” de los aborígenes. La Corte hizo lugar a su reclamo.
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